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Nación volvió a postergar vencimientos para proyectos renovables

16 de junio de 2020, Argentina

Por el coronavirus no se sancionará ni se computarán los plazos de los desarrollos que no cumplan con los plazos pactados. La medida tendrá efecto hasta mediados de septiembre.

El gobierno realizó la primera postergación de sanciones el mes pasado. (Foto: archivo Florencia Salto.
El gobierno realizó la primera postergación de sanciones el mes pasado. (Foto: archivo Florencia Salto.)
 

El gobierno nacional, a través de la secretaría de Energía que lidera Sergio Lanziani, instruyó a la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A. (Cammesa) a suspender temporalmente el computo de plazos, intimaciones y notificaciones correspondientes a proyectos renovables hasta el 12 de septiembre. En mayo, el gobierno realizó el primer aplazo de vencimientos, pero vencía el próximo 30 de junio.

La medida abarca a proyectos enmarcados en las rondas 1, 1.5, 2 y 3 del programa RenovAr, de la Resolución 712/2009 de la exsecretaría de Energía, de la Resolución 202/2016 del ex ministerio de Energía y Minería, de la Resolución 287/2017 de la exsecretaría de Energía y de los proyectos de la Resolución 281/2017.

También alcanza a los proyectos del Mercado a Término de Energías Renovables (Mater), como el recientemente inaugurado parque eólico Vientos Neuquinos I, en la provincia de Neuquén.

La suspensión instruida precedentemente se funda en las circunstancias de público conocimiento ocurridas a partir de la pandemia COVID-19 y del aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el DNU N° 297 del 19 de marzo de 2020”, argumenta la carta que le envió Lanziani al gerente general de Cammesa, Esteban Kiper.

En detalle, el gobierno considera que los efectos de la medida se extienden desde el 12 de marzo de 2020, fecha en la que se amplió la Emergencia Sanitaria declarada por la Ley 27541, hasta el día 12 de septiembre. “La instrucción solo será aplicable a los proyectos que no hubieran sido habilitados comercialmente al momento del inicio de la vigencia de la suspensión instruida por la presente”, dice el documento.

Más adelante, la carta indica: “Se instruye la suspensión temporal de las intimaciones por incumplimientos de las Fechas Programadas de Avance de Obras” y también: “Se instruye la suspensión temporal de las notificaciones referidas al incumplimiento de la Fecha Prevista de Habilitación Comercial (FPHC) de los proyectos con prioridad de despacho asignada”.

Si bien la medida es bien vista desde el sector renovable, algunos empresarios aseguran que la suspensión de sanciones debería comenzar antes de la pandemia por la crisis macroeconómica en la que está sumergido el país.

“Se instruye a CAMMESA a realizar todos los actos y gestiones necesarias a los efectos de conservar la vigencia de los derechos que la asisten en el marco de los Contratos celebrados, pudiendo requerir en su caso la renovación de garantías que correspondan y cualquier acción en resguardo de sus derechos, como también de los derechos de la Secretaría de Energía y del Estado Nacional”, cierra la carta.

Fuente: Telam

Via: Tendencia Sustentable 

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